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Derecho de réplica EST 36

por Nexos Txt

​Tlaxcala, Tlaxcala, a 23 de septiembre de 2026

A LA DIRECCIÓN EDITORIAL DE NEXOSTXT

PRESENTE

ASUNTO: EJERCICIO DEL DERECHO DE RÉPLICA Y SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN

​Publicación objeto de la réplica: Reel difundido en la página de Facebook de NexosTXT, relativo a la nota titulada “Directora es señalada por presunto manejo de recursos para computadoras de la Técnica 36”.

Liga electrónica: https://www.facebook.com/reel/2261673121345631

​Quien suscribe, Profa. Ivonne Pérez Castillo, Directora de la Escuela Secundaria Técnica No. 36 “Ing. Guillermo González Camarena”, con Clave de Centro de Trabajo 29DST0036B, en ejercicio del derecho de réplica reconocido por el artículo 6^{\circ} de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por la legislación aplicable en materia de Derecho de Réplica, comparezco para solicitar la publicación de la presente aclaración respecto de la información difundida por NexosTXT, a través de su página de Facebook, bajo el título “Directora es señalada por presunto manejo de recursos para computadoras de la Técnica 36”, cuya liga electrónica se identifica anteriormente.

​La presente réplica resulta necesaria debido a que el encabezado de la publicación vincula directamente a la suscrita, en mi carácter de Directora del plantel, con un supuesto manejo de recursos federales del programa La Escuela es Nuestra, aun cuando el contenido de la propia publicación no refiere ni acredita ningún acto mediante el cual la Directora haya recibido, administrado, dispuesto, ejercido o realizado pagos con dichos recursos.

​Con el propósito de que las y los lectores cuenten con información precisa, completa y contextualizada, se realizan las siguientes aclaraciones:

​PRIMERO. Sobre la intervención de la Directora.

La Directora del plantel, en ejercicio de sus funciones de organización y atención a los asuntos de la comunidad escolar, y atendiendo a la petición del Comité Escolar de Administración Participativa (CEAP), convocó a una reunión de trabajo para el día 23 de septiembre de 2026, a las 7:00 horas, en la plaza cívica de la institución, con el propósito de tratar asuntos relacionados con el ejercicio y aplicación del recurso del programa La Escuela es Nuestra, particularmente respecto de la adquisición de equipo de cómputo para beneficio del plantel.

La convocatoria y participación de la Directora en dicha reunión no implica la administración, disposición o manejo del recurso económico.

​SEGUNDO. Sobre la participación de la Directora en la definición del equipamiento.

Durante el proceso de análisis, la Directora participó con voz, expresando las necesidades académicas y técnicas del plantel y proponiendo las características que, desde el punto de vista educativo y funcional, deberían reunir los equipos de cómputo.

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​Esta participación se limitó a señalar las necesidades de equipamiento de la escuela.

Proponer características técnicas no equivale a seleccionar proveedores, autorizar pagos, administrar recursos ni realizar la compra.

Asimismo, la Directora no intervino mediante voto en la determinación del proveedor, por lo que la decisión correspondiente fue adoptada por las madres y padres de familia participantes.

​TERCERO. La Directora no presentó cotizaciones ni propuso proveedores.

Se precisa categóricamente que la Directora no presentó cotización alguna, no gestionó las cotizaciones sometidas a consideración, no negoció precios y no propuso a los proveedores participantes.

De igual forma, no mantiene relación con los proveedores que presentaron propuestas, por lo que no resulta correcto atribuirle el origen, contenido o condiciones comerciales de las cotizaciones analizadas por la comunidad escolar.

​CUARTO. La elección del proveedor no fue decisión de la Directora.

Conforme al funcionamiento del programa La Escuela es Nuestra, las decisiones relacionadas con las mejoras del plantel y la contratación de proveedores recaen en la comunidad escolar, a través de los mecanismos de participación correspondientes.

En consecuencia, la selección de la propuesta comercial no fue realizada ni impuesta por la Directora.

En la reunión plenaria de madres y padres de familia celebrada el 23 de septiembre de 2026, a las 7:00 horas, fueron analizadas las propuestas para la adquisición del equipo de cómputo y, por mayoría de votos, las madres y padres de familia participantes determinaron que la propuesta que consideraban más conveniente era la presentada por Office Depot Tlaxcala.

Fueron igualmente las madres y padres de familia quienes solicitaron a la persona responsable de la Tesorería realizar las acciones correspondientes para efectuar la adquisición durante ese mismo día.

​QUINTO. La Directora no tiene bajo su custodia el recurso económico.

La Directora no tiene en su poder el recurso económico, la cuenta bancaria ni la tarjeta mediante la cual se administra el subsidio otorgado por el programa La Escuela es Nuestra.

De acuerdo con las Reglas de Operación vigentes, la recepción, custodia, administración, disposición, aplicación y comprobación del recurso corresponden al Comité Escolar de Administración Participativa (CEAP), por conducto de las figuras responsables conforme a las atribuciones establecidas para cada una de ellas.

Por lo tanto, la Directora no dispone del recurso económico ni tiene la posibilidad de efectuar unilateralmente pagos, transferencias o compras con cargo al mismo.

​SEXTO. La Directora no realiza las compras ni los pagos a proveedores.

La Directora no efectúa los pagos a proveedores ni realiza directamente las compras financiadas con el recurso del programa.

Su intervención se circunscribe a las funciones que le corresponden como Autoridad Escolar y a expresar las necesidades educativas y de equipamiento de la institución.

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​En consecuencia, no existe en la información publicada elemento alguno que acredite que la Directora haya recibido, manipulado, administrado, dispuesto o desviado recursos del programa La Escuela es Nuestra.

​SÉPTIMO. Sobre la reunión del 23 de septiembre y la propuesta de Office Depot Tlaxcala.

Es importante precisar que la determinación adoptada por las madres y padres de familia respecto de la propuesta de Office Depot Tlaxcala ocurrió durante la reunión del 23 de septiembre de 2026.

Este hecho permite aclarar que la selección de la propuesta fue resultado de una decisión mayoritaria de las madres y padres de familia y no de una determinación personal de la Directora.

​OCTAVO. Sobre el titular de la publicación.

El encabezado “Directora es señalada por presunto manejo de recursos para computadoras de la Técnica 36” establece una asociación directa entre la Directora del plantel y el manejo de los recursos federales.

Sin embargo, el contenido de la propia publicación no identifica qué acto concreto de manejo de recursos habría realizado la Directora, no señala que haya recibido el dinero, realizado pagos, presentado cotizaciones o elegido al proveedor y tampoco aporta documentación que permita sustentar esa asociación.

Por el contrario, la información difundida se refiere principalmente a una diferencia surgida en torno a la firma de documentación por parte de la persona responsable de la Tesorería y a las manifestaciones realizadas por madres y padres de familia.

Por ello, existe una diferencia sustancial entre lo que sugiere el encabezado de la publicación y los hechos que se narran en su contenido.

​NOVENO. Sobre el monto y la garantía de la cotización de Office Depot

Respecto de la información publicada por NexosTXT en el sentido de que en Office Depot “cada equipo tendría un costo aproximado de 584 mil 67 pesos y no contaría con garantía”, se precisa que dicha información no corresponde con los datos contenidos en la cotización presentada.

La cotización expedida por Office Depot, Sucursal 149 Tlaxcala, de fecha 20 de agosto de 2026, contempla la adquisición de 33 equipos de cómputo, con un precio unitario señalado de $17,699.00, y establece como monto total de la operación la cantidad de $584,067.00 (quinientos ochenta y cuatro mil sesenta y siete pesos 00/100 Μ.Ν.).

Por lo tanto, los $584,067.00 no corresponden al precio de cada equipo, como se afirma en la publicación, sino al monto total de la cotización por 33 equipos de cómputo.

Asimismo, la propia cotización establece expresamente “1 año de garantía directo en tienda”, por lo que tampoco corresponde con el documento la afirmación publicada en el sentido de que los equipos “no contarían con garantía”.

Se reitera que la Directora del plantel no elaboró, presentó, gestionó ni negoció dicha cotización, ni intervino en la determinación de sus precios o condiciones comerciales.

​DÉCIMO. Transparencia y rendición de cuentas.

La Dirección de la Escuela Secundaria Técnica No. 36 manifiesta su absoluto respeto a las atribuciones del Comité Escolar de Administración Participativa (CEAP), a las

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​decisiones adoptadas por la comunidad escolar y a los mecanismos de transparencia, comprobación y rendición de cuentas establecidos en el programa La Escuela es Nuestra.

La comunidad escolar tiene derecho a conocer el origen, destino y aplicación de los recursos destinados al mejoramiento del plantel y cualquier situación relacionada con su ejercicio puede y debe aclararse mediante la documentación correspondiente y, en su caso, ante las instancias competentes.

​Por lo anteriormente expuesto, solicito formalmente a NexosTXT:

  1. ​La publicación del presente derecho de réplica en el mismo medio o plataforma en que fue difundida la información objeto de aclaración.
  2. ​La rectificación del encabezado de la publicación, a efecto de evitar atribuir a la Directora un supuesto manejo de recursos que no se encuentra sustentado en los hechos narrados.
  3. ​Precisar que la Directora no administra ni tiene bajo su custodia el recurso del programa La Escuela es Nuestra; no realiza directamente los pagos ni las compras; no presentó las cotizaciones analizadas y no decidió unilateralmente la selección del proveedor.
  4. ​Precisar que la elección de la propuesta de Office Depot Tlaxcala fue resultado de la decisión mayoritaria de las madres y padres de familia participantes en la reunión correspondiente.
  5. ​Verificar y, en su caso, rectificar la información relativa a la cantidad de $584,067.00, particularmente respecto de la afirmación de que dicha cantidad correspondería al costo de “cada equipo”.
  6. ​Publicar la correspondiente aclaración en las redes sociales o plataformas en las que se haya difundido el encabezado objeto de la presente réplica.

​La presente solicitud no pretende limitar la libertad de expresión ni el ejercicio periodístico, sino ejercer el derecho de réplica frente a información que vincula directamente a la suscrita con hechos que no corresponden con sus atribuciones ni con su intervención en el proceso descrito.

​La Dirección de la Escuela Secundaria Técnica No. 36 reitera su compromiso con la transparencia, la participación de la comunidad escolar, la rendición de cuentas y la correcta aplicación de los mecanismos establecidos por el programa La Escuela es Nuestra.

​Sin otro particular, solicito se acuse de recibido el presente escrito y se dé el trámite que legalmente corresponda.

​ATENTAMENTE

PROFA. IVONNE PÉREZ CASTILLO

DIRECTORA

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