Fue acreditada la violación al interés superior de la niñez durante la campaña; también amonestó a la candidata a presidencia de comunidad de Huitznahuac, por destrucción de propaganda
Por unanimidad de votos, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) impuso una amonestación pública a la ciudadana Anabell Ávalos Zempoalteca, en su carácter de candidata a la gubernatura, y a los cinco partidos políticos que la postularon (PAN, PRI, PRD, PAC y PS) por culpa in vigilando, debido a que fue acreditada la violación al interés superior de la niñez con fines electorales durante la campaña del proceso electoral 2020-2021.
Al resolver el procedimiento especial sancionador 151 de este año, el Pleno determinó que en la campaña existieron imágenes en el perfil de la red social Twitter, de las cuales se desprende la presencia de menores de edad diferentes en cada una de ellas. Si bien, no se aprecia la fecha exacta de su publicación, en una de ellas se aprecia que fue publicada el pasado nueve de mayo.
“Respecto de los textos que encabezan las imágenes, no se aprecia que una de éstas contenga elementos para considerarlos propaganda política electoral, sin embargo, una segunda de éstas sí contiene elementos que actualizan que la misma se considere como propaganda política electoral, como se puede evidenciar de la certificación realizada por la Notaría Pública de 18 de mayo”, observó el Pleno.
En tal sentido, y verificando el contexto de las publicaciones, “se tiene certeza que las mismas sí fueron emitidas a nombre de la denunciada, contemplando que las imágenes se desprenden de su cuenta oficial, y dichas publicaciones tienen naturaleza político electoral, pues su propósito fue captar apoyo para acceder a la a gubernatura de Tlaxcala”, resolvieron los magistrados José Lumbreras y Miguel Nava, así como la magistrada Claudia Salvador.
Por ello es que impusieron una amonestación pública a la entonces candidata Anabell Ávalos Zempoalteca, así como a los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD), Alianza Ciudadana (PAC) y Socialista (PS) por culpa in vigilando.
Por otra parte, al resolver el expediente TET-PES-149/2021, el Pleno del TET también impuso una amonestación pública a la ciudadana Angelina Araceli Moreno Tetlalmatzi, en su carácter de candidata a presidenta de la comunidad de Jesús Huitznahuac, por el Partido Movimiento Ciudadano, atribuyéndole la destrucción de propaganda política electoral y la colocación de propaganda en lugar prohibido por la ley electoral.
El Pleno coincidió en que adminiculando la imagen denunciada, Angelina Araceli Moreno realizó la pinta sobre una barda de la cual Leticia Hernández Pérez, como candidata a presidenta municipal de Santa Cruz Tlaxcala por el PAN, contaba con la autorización del propietario. De la instrucción no se desprendió que la candidata a la presidencia de comunidad haya obtenido permiso del dueño de la barda, razón por la cual se acreditó que no cumplió con lo establecido en la fracción I del artículo 173 de la Ley Electoral Local.
En la sesión de este jueves, realizada de manera virtual, el Pleno del TET también resolvió los procedimientos electorales sancionadores 17, 64 y 128, dentro de los cuales no se acreditaron actos anticipados de campaña por parte de los ciudadanos Óscar Murias Juárez y Humberto Agustín Macías Romero.