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Cumplieron cuatro ayuntamientos y una institución educativa las recomendaciones que enfrentaban por vulneración a derechos humanos

por Nexos Txt

 

El cumplimiento de una recomendación representa un acto de responsabilidad institucional, coloca en el centro a las víctimas y contribuye a la no repetición de las violaciones a derechos humanos: JOB

Entre 2025 y 2026 cuatro ayuntamientos y una institución educativa cumplieron totalmente las recomendaciones hechas por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tlaxcala (CEDHT) derivadas de la acreditación de vulneraciones a los derechos humanos de diversas personas.

Las acciones realizadas comprendieron medidas de reparación integral del daño, capacitación a personas servidoras públicas y la implementación de acciones orientadas a prevenir la repetición de los hechos.

La presidenta de la CEDHT, Jakqueline Ordoñez Brasdefer, señaló que el cumplimiento de una recomendación no constituye únicamente la conclusión formal de un expediente, sino un acto para reconocer el daño ocasionado, restituir la dignidad de las víctimas y fortalecer la confianza ciudadana en las instituciones públicas.

“Cumplir una recomendación de derechos humanos por parte de autoridades o instituciones públicas implica asumir la responsabilidad institucional que corresponde al Estado frente a las personas cuyos derechos fueron vulnerados. Significa colocar en el centro a las víctimas, escuchar sus demandas de justicia y adoptar medidas concretas para que estos hechos no vuelvan a repetirse”.

Añadió que las recomendaciones son, en sí mismas, instrumentos de justicia no jurisdiccional que buscan transformar los agravios en acciones concretas de reparación, la transformación de prácticas institucionales y la construcción de una cultura de respeto a la dignidad humana. Detrás de cada recomendación hay rostros, familias y comunidades que esperan respuestas y exigen legítima justicia.

Es de precisar que el cumplimiento de las recomendaciones fue asumido, en la mayoría de los casos, por autoridades y administraciones distintas a aquellas en las que ocurrieron los hechos violatorios, por lo que la Ombudsperson reconoció la persistencia de las víctimas en la exigencia del respeto a sus derechos y el cumplimiento de la reparación; así como la disposición institucional de quienes entendieron que la obligación de reparar trasciende los periodos de gobierno y constituye un deber del Estado.

Las recomendaciones cumplidas son la 04/2022 sobre el caso de violación a derechos humanos a la vida, a la integridad y seguridad personal y a la legalidad y seguridad jurídica, dirigida al entonces presidente municipal de Ixtacuixtla.

También fue cumplida la recomendación 02/2023 sobre el caso de violación a derechos humanos a la vida, a la legalidad y seguridad jurídica, a la integridad y seguridad personal y a la libertad, dirigida al, entonces, presidente municipal de Xaltocan.

Asimismo, la recomendación 06/2024 sobre el caso de violación al derecho humano a la vida, dirigida al entonces presidente municipal interino del municipio de Apizaco, así como al entonces director de seguridad pública, vialidad y transporte de la misma comuna.

Y la recomendación 06/2025 sobre el caso de violación a derechos humanos a la vida, a la integridad y seguridad personal, dirigida al presidente municipal de Huamantla.

También fue cumplida la recomendación 07/2022 sobre el caso de violación a los derechos sociales de ejercicio individual; así como los derechos humanos a la igualdad y al trato digno, a la legalidad y seguridad jurídica, a la integridad y seguridad personal y a la privacidad, hechos materia de la protección y garantía de la igualdad y no discriminación hacia las mujeres, dirigida a los titulares del Centro de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Tlaxcala (CECyTE), de la Secretaría Educación Pública del Estado (SEPE) y la Unidad de Servicios Educativos del Estado Tlaxcala (USET).

Finalmente, la Ombudsperson reiteró que el verdadero alcance de una recomendación no se mide únicamente por su aceptación formal, sino por la capacidad de las instituciones para reconocer el daño, reparar a las víctimas, modificar las prácticas que dieron origen a la violación y fortalecer las garantías de no repetición, avanzando así hacia una administración pública más humana, responsable y respetuosa de los derechos de todas las personas.

 

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