Alfonso ESTRADA V.
Cualquier ciudadano que tenga la mayoría de edad y desee cambiarse de nombre y género, podrá tramitarlo exitosamente, en Tlaxcala ya está permitido, esto luego de que en la sesión ordinaria de este martes, los integrantes de la LXIII Legislatura aprobaron diversas reformas al Código Civil del estado.
Se reformó el artículo 559, con este proceso se permite que el solicitante mayor de edad pueda modificar sus datos personales desde el acta de nacimiento primigenia, para obtener una nueva acta.
Esto será únicamente con la presentación de una solicitud por el interesado o interesada, debe presentar copia certificada del acta de nacimiento, presentar en original y copia de su identificación oficial vigente, y una comparecencia en la que de forma voluntaria exponga que solicita su nueva acta de cambio de nombre y género.
Con estas reformas al Código Civil del Estado de Tlaxcala se garantiza el derecho de las personas LGBTTTI+ al cambio de nombre y sexo en las actas de nacimiento.
Las reformas fueron aprobadas en lo general y particular con 20 votos a favor de las fracciones de Morena, PRD, PAN, PRI y PT, y dos en contra de los diputados José Luis Garrido Cruz del Partido Encuentro Social (PES) e Isabel Casas Meneses del Partido Movimienro Ciudadano.
Los diputados aprobaron la adición de los artículos 640 QUÁTER A y 640 QUÁTER B del Código para el reconocimiento y levantamiento de una nueva acta de nacimiento de reasignación de nombre y sexo de acuerdo a su identidad de género.